Epilepsia

¿Qué es?

La epilepsia se puede definir como una predisposición del cerebro para generar crisis epilépticas. En aquellas personas que la padecen es muy importante tener también en cuenta las consecuencias cognitivas, psicológicas y sociales derivadas de ello.

Es una enfermedad muy frecuente y de gran repercusión social y sanitaria. Es un trastorno neurológico generalmente crónico, que afecta a personas de todas las edades. Representa una de las causas de consulta más frecuentes en un servicio de Neurología, siendo además una de las enfermedades que más afectan a la calidad de vida del paciente.

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En España la epilepsia afecta aproximadamente a unas 400.000 personas y se calcula que aparecen entre 12.400 y 22.000 casos nuevos cada año.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS):

  • En todo el mundo, unos 50 millones de personas padecen epilepsia, lo que la convierte en uno de los trastornos neurológicos más comunes.
  • Las personas con epilepsia responden al tratamiento en aproximadamente un 70% de los casos.
  • En muchos lugares del mundo, los pacientes y sus familias todavía pueden ser víctimas de la estigmatización y la discriminación.

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Autoras

Eliana Rueda Mena. Neuróloga. OSI Araba.

Vanessa García Morales. Neuróloga. OSI Araba.

Diagnóstico y pruebas complementarias

Se podría decir, de forma simplificada, que una persona padece epilepsia si ha sufrido al menos dos crisis epilépticas que ocurren separadas por más de 24 horas. Se excluyen las crisis provocadas por un factor transitorio, que actúa sobre un cerebro por lo demás normal (por ejemplo, ante una intoxicación por drogas o una bajada excesiva de azúcar en sangre); en estos casos no se considera diagnóstico de epilepsia.

También se considera epilepsia si presenta una crisis epiléptica no provocada, una persona con probabilidad a priori de padecer más crisis posteriormente (por ejemplo, con determinadas lesiones cerebrales).

Por tanto, el diagnóstico de epilepsia es eminentemente clínico. En el 85% de los pacientes el diagnóstico se hace por la historia clínica y no por la realización de otras pruebas complementarias. Dichos estudios complementarios, principalmente pruebas de imagen cerebral (TC -tomografía computarizada- y RNM -resonancia nuclear magnética-) y EEG (electroencefalograma), ayudarán a la clasificación, manejo y predicción de la evolución de la epilepsia, aunque en muchos casos las pruebas complementarias pueden ser normales.

Este es el motivo por el que la historia clínica constituye el eje central sobre el que se basa el diagnóstico y, por ello, es importante para el médico preguntar al paciente (si es que recuerda algo) y/o a los testigos (si es que los hubiera) cómo ha sido el episodio: síntomas previos o de inicio, duración del cuadro, acompañamiento o no de movimientos involuntarios, mordedura lingual, estupor posterior o posibles desencadenantes, como si ha habido consumo de tóxicos (drogas y fármacos que potencialmente pueden bajar el umbral epiléptico) o fiebre (especialmente en los niños).

En cuanto a la exploración neurológica, habitualmente será normal en el período entre crisis.

Como ya se ha mencionado, las pruebas complementarias habituales son la RNM craneal y el EEG (en sus diferentes modalidades). Con ello se intenta clasificar las crisis epilépticas y epilepsias, con vistas a elegir el tratamiento más adecuado, teniendo además en cuenta las características individuales de cada paciente (edad, sexo, comorbilidades y otros tratamientos...)

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El diagnóstico de epilepsia es eminentemente clínico. En el 85% de los pacientes el diagnóstico se hace por la historia clínica y no por la realización de otras pruebas complementarias

Síntomas

La manifestación clínica de la epilepsia son las crisis epilépticas (o comiciales).

¿Cómo se define una crisis epiléptica?

Se trata de un evento transitorio de signos y/o síntomas debidos a una actividad anormal excesiva de las neuronas. Las crisis epilépticas habitualmente son de comienzo repentino y duran segundos o minutos. Durante la crisis se puede perder el conocimiento o no; esto es, puede cursar con un nivel de alerta perfectamente mantenido y que la persona se dé cuenta de todo lo que le ocurre o, por el contrario, puede desconectar del medio que le rodea y, por tanto, no ser consciente de lo que acontece ni poder controlarlo. Igualmente, durante la crisis se pueden tener movimientos involuntarios o no; hay crisis epilépticas que consisten en una alteración del lenguaje / visual / auditiva / sensitiva / del gusto o del olfato, o que cursan con sensaciones, pensamientos o emociones anormales. Por tanto, las manifestaciones pueden ser muy diversas y, afortunadamente, no siempre se trata de la "convulsión echando espuma por la boca" que se acostumbra a ver en las películas.

Hacemos especial mención al ampliamente extendido pero incorrecto uso del término "ausencia" para cualquier evento de desconexión. Una crisis de ausencia es un tipo concreto de crisis con unas características determinadas que ocurre habitualmente en niños y no en adultos; por tanto, no se debería usar de forma tan generalizada y sería preferible hacer una mención más descriptiva del episodio.

Todo lo comentado hasta ahora lleva a los médicos a clasificar las crisis epilépticas, habitualmente como focales o generalizadas, aunque existen otras múltiples clasificaciones.

Es importante diferenciar las crisis epilépticas de otros trastornos que también se presentan en forma generalmente brusca y son de breve duración, pero que no son epilépticos, como por ejemplo los síncopes, los accidentes isquémicos cerebrales transitorios o las crisis psicógenas.

Además de las crisis epilépticas, es primordial tener también en cuenta otros problemas que se asocian a la epilepsia en muchos casos, como pueden ser las alteraciones de memoria o del estado anímico. El gran impacto emocional queda reflejado en los índices de ansiedad y depresión que alcanzan el 54 y 32% respectivamente, derivado del miedo a la recurrencia de crisis, la limitación en la actividad diaria y vida social y/o los efectos colaterales del tratamiento.

Padecer epilepsia aumenta el riesgo de mortalidad en dos veces y media. Las causas más frecuentes son complicaciones de la propia epilepsia como neumonía por aspiración, traumatismo y accidentes por ahogamiento, pero también las crisis muy prolongadas-estatus que causan daño cerebral.

Fármacos
Las crisis epilépticas habitualmente son de comienzo repentino y duran segundos o minutos

Prevención y factores de riesgo

La mayoría de las crisis ocurren de forma espontánea, en un momento en el que nada en concreto las ha propiciado. No obstante, sí hay algunas circunstancias que pueden precipitar las crisis de las personas que padecen epilepsia y, por lo tanto, deben evitarlas:

  1. La primera y principal causa es el abandono de la medicación o el olvido de las tomas. Por ello es primordial tomar la medicación antiepiléptica de forma regular y a las horas prescritas, ya que el medicamento tiene una vida media en la sangre y debe cubrir las veinticuatro horas del día.

  2. Falta de sueño. La disminución del número de horas de sueño o el acostarse más tarde de lo habitual puede favorecer la aparición de crisis epilépticas. Si se retrasa el horario de acostarse debe igualmente retrasarse el horario de levantarse; sin embargo, en algunas personas el cambio de ritmo de sueño puede provocar crisis a pesar de dormir suficientes horas.

    Por ello, se aconseja mantener un horario de sueño regular y suficiente para el descanso, entre 7 y 10 horas según la edad. Las personas con trabajo nocturno continuado, deben acomodar el sueño a su horario laboral, procurando dormir todos los días igual número de horas y acostarse a la misma hora.

  3. Ingesta de bebidas alcohólicas. El consumo de alcohol puede aumentar la frecuencia de crisis en pacientes epilépticos de tres formas diferentes:

    • Aumentando la excitabilidad de las neuronas y, por tanto, haciendo más fácil que se den las condiciones necesarias para tener crisis.
    • Alterando el patrón de sueño.
    • Interaccionando con la medicación antiepiléptica.

    Incluso en personas no epilépticas, que consumen alcohol de forma excesiva, se puede llegar a producir una crisis epiléptica, generalmente en el período de abstinencia.

    Por tales motivos las personas con epilepsia deben evitar el consumo de alcohol.

  4. Drogas. La mayoría de las drogas ilegales, sobre todo aquellas estimulantes como cocaína, éxtasis, anfetaminas, heroína, etc., pueden causar crisis epilépticas en personas con o sin epilepsia. También pueden inducir crisis las sustancias adulterantes que se añaden con frecuencia a dichas drogas. Además, las drogas ilegales pueden tener impredecibles y peligrosas interacciones con la medicación antiepiléptica.

    Por otro lado, existen ciertos fármacos que pueden favorecer la aparición de crisis epilépticas.

  5. Fiebre. La fiebre alta puede desencadenar crisis convulsivas en cualquier paciente epiléptico, pero con mayor frecuencia en niños y ancianos. Se debe bajar la fiebre lo antes posible para evitarlas.

  6. Destellos luminosos. Las luces intermitentes son un desencadenante de crisis epilépticas en un grupo concreto de epilepsias a las que se llama epilepsias fotosensibles. En la práctica, sólo un 2-3 % de las personas con epilepsia padecen epilepsia fotosensible.

    Son más habituales con destellos de una frecuencia de 5 a 30 por segundo. Pueden producirlo fenómenos naturales (como el sol a través de los árboles) o artificiales, como las luces de las discotecas, tubos fluorescentes, pantalla de televisión, videojuegos y ordenadores.

    En estos casos es conveniente ver la televisión a suficiente distancia y en una habitación iluminada, cambiar de canal con el mando a distancia para no acercarse a la pantalla (si se ha de hacer, taparse un ojo) usar pantallas protectoras de videojuegos y ordenadores y descansar cada 15-30 minutos cuando se estén usando.

  7. Epilepsias reflejas. En algunas personas se identifican otros factores que provocan una crisis inmediata (un sobresalto, una canción, un patrón visual geométrico,…), constituyen el grupo de epilepsias reflejas, que son raras.

* El estrés no causa por sí sólo crisis epilépticas. Puede actuar como factor desencadenante pero cuando se asocia a cansancio o alteración del ritmo de sueño. Por eso, en los periodos de estrés es muy importante evitar la falta de sueño o el olvido de una dosis de medicación.

Tratamientos y cuidados

La finalidad del tratamiento es conseguir la mejor calidad de vida posible para cada persona con epilepsia. Para ello, es fundamental intentar controlar o reducir las crisis con fármacos antiepilépticos, sin efectos adversos en la medida de lo posible, y junto con un estilo de vida sano que evite los factores desencadenantes de crisis. Esto permite el control de la epilepsia en más del 70% de los casos.

Existen múltiples fármacos antiepilépticos, con diferente mecanismo de acción y diversas indicaciones, según el tipo de crisis o epilepsia. En ello se basará el neurólogo para la prescripción de un tratamiento u otro, de manera individualizada a cada paciente, teniendo también en cuenta otros factores como la edad, el sexo, comorbilidades y otros tratamientos.

Tratamiento de estimulación cerebral

Cuando no se consigue una evolución libre de crisis después de haber tomado, como mínimo, dos fármacos antiepilépticos, hablamos de epilepsia refractaria; esos fármacos deben ser apropiados al tipo de epilepsia, administrados de forma adecuada y no retirados por intolerancia. Es en estos casos donde se plantean otros tratamientos, no farmacológicos, como son la cirugía de la epilepsia, la estimulación cerebral, la estimulación del nervio vago o la dieta cetogénica. Hay que tener en cuenta que estos tratamientos también cuentan con indicaciones específicas, contraindicaciones y efectos secundarios, por lo que no se pueden ofrecer en todos los casos.

A pesar de todos esos tratamientos disponibles, más del 20 % de los pacientes presentan una epilepsia en la que no es posible controlar las crisis, lo que hace necesario mayor apoyo médico multidisciplinar y social para lograr el objetivo de mejorar la calidad de vida.

En los pacientes y sus familiares. En el 38% de los casos afecta significativamente a la economía familiar y hasta en el 33% se requiere de un cuidador, debiendo reducir su jornada laboral algún familiar en casi la mitad de los casos.

Preguntas frecuentes

¿Cómo actuar ante una crisis epiléptica?

Aunque existen diferentes tipos de crisis epilépticas, la manera de actuar ante ellas sigue una secuencia similar. Sin embargo, principalmente nos referimos a las crisis convulsivas generalizadas, ya que la persona pierde el conocimiento, cae al suelo, puede ponerse rígida de pronto y comenzar con movimientos involuntarios del cuerpo. Ante una crisis focal (o parcial) sin embargo, la persona puede parecer confusa y realizar movimientos automáticos (ruidos con la boca, movimientos con las manos, deambular…) En todos los casos:

  • Hay que mantener la calma y mirar un reloj para medir la duración de la crisis. Si dura más de cinco minutos hay que llamar al 112.
  • Si es posible, sujetarle para evitar la caída brusca. Tumbarle de costado e intentar evitar que se golpee: poner algo blando debajo de la cabeza, aflojar la ropa ceñida que pueda dificultar la respiración, retirar las gafas o cualquier objeto del paciente o del área que pueda hacerle daño durante la crisis (apartar los muebles, evitar bordillos o escalones...)
  • Alejar a los observadores.
  • Cuando la crisis acabe, acompañar a la persona hasta que esté recuperada y permitir que descanse si así lo desea.

¿Qué cosas no se deben hacer nunca?

Entra las cosas que no se deben hacer nunca están:

  • No forzar a la persona para que abra la boca ni meterle nada dentro.
  • No darle agua, alimentos o medicación ninguna por boca mientras dura la crisis.
  • No trasladarle a otro sitio.
  • No intentar impedir que la persona se mueva o tiemble, no tratar de parar las convulsiones ni despertarle.

¿Cuándo solicitar ayuda médica (llamar al 112)?

  • Si la crisis dura más de cinco minutos.
  • Si la crisis se repite en un corto período de tiempo o la persona no se recupera por completo después de descansar un rato tras la crisis.
  • Si ha habido un traumatismo importante durante la crisis.
  • Si la persona que ha tenido la crisis es una mujer embarazada.
  • Si la persona que ha sufrido la crisis no padece epilepsia.

¿La mujer con epilepsia puede usar anticonceptivos hormonales?

Sí, puede usar anticonceptivos hormonales (anticonceptivos orales, parche transdérmico, anillo vaginal, píldora postcoital...), pero antes debe consultar con su neurólogo y/o ginecólogo ya que algunos fármacos antiepilépticos hacen que sean menos eficaces. También puede suceder lo contrario, que los anticonceptivos hormonales disminuyan los niveles en sangre de algunos fármacos antiepilépticos.

En caso de quedarse embarazada una mujer epiléptica de forma imprevista ¿qué debe hacer??

En ningún caso se debe abandonar la medicación antiepiléptica, ya que si se abandona puede aumentar la frecuencia de las crisis y suponer un riesgo para la madre y el feto. Hay que seguir tomando el mismo tratamiento y contactar con el neurólogo para comunicarle el embarazo.

¿Se puede dar lactancia materna tomando fármacos antiepilépticos?

Por lo general se puede y, de hecho, se aconseja en la mayoría de los casos. Sin embargo, cada madre deberá consultarlo con su neurólogo y pediatra.

¿Puede heredar el hijo la epilepsia?

Se han identificado alteraciones en algunos genes pero esto ocurre en una minoría de los casos y, habitualmente, la epilepsia no se hereda. Se puede transmitir una mayor predisposición a tener crisis que otras personas con familiares sin epilepsia.

¿Se puede practicar deporte?

La práctica de deportes en personas con epilepsia no sólo es posible sino deseable. Es aconsejable no practicar deportes de riesgo (buceo, paracaidismo...) y respetar medidas recomendadas de seguridad, como la utilización de casco para montar en bicicleta o nadar siempre en presencia de un acompañante y donde se haga pie, por ejemplo.

¿Qué derechos laborales tienen las personas con epilepsia?

Entre el 70-80% de las personas que padecen epilepsia pueden desarrollar una actividad laboral normal. Sin embargo, las tasas de desempleo son desproporcionadamente mayores en este colectivo, siendo 2-3 veces mayor que en la población en general y más elevado que en personas con otras discapacidades; se debe no sólo a las crisis epilépticas en sí, sino también a actitudes negativas de algunas familias o empresarios y al estigma social.

Se puede tener la idea de que los accidentes laborales y las bajas por enfermedad en este colectivo son altas. Sin embargo, hoy día queda demostrado que el absentismo laboral es inferior al de otras enfermedades crónicas e incluso menor que el de la población en general y que la accidentalidad es similar al de cualquier empleado "sano". Para combatir estas creencias erróneas es necesario y de vital importancia una adecuada información al empresario respecto a que la frecuencia de crisis puede ser controlada en la mayor parte de los casos, que la medicación habitualmente no provoca efectos secundarios que incidan sobre el trabajo, que el número de actividades laborales limitantes es bajo y que la condición de epilepsia no requiere un tipo de seguro laboral distinto al resto de los empleados.

Un problema diferente es el de aquellas personas con epilepsia de difícil control o que asocia otros trastornos físicos o psíquicos, lo que condiciona un menor nivel educativo y/o déficits neuropsicológicos.

Los derechos laborales de las personas con epilepsia quedan recogidos en:

  1. La ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 que establece:
    • El trabajador no debe ser discriminado salvo que exista una normativa específica para la profesión que lo impida.
    • Los empresarios han de garantizar la protección de los trabajadores, por lo que no podrán ser empleados en puestos de trabajo que pongan al paciente o a los demás en situación de peligro.
    • Los trabajadores tendrán que comunicar cualquier enfermedad que conlleve un riesgo para su seguridad o la de los demás.
  2. Sistema de jubilación gradual y flexible (Ley 53/2002)

Y ¿cuáles son las profesiones cuyo acceso y ejercicio no está permitido legalmente a las personas con epilepsia?

PROFESIONES NO PERMITIDAS:

  • Piloto de aeronaves y helicópteros
  • Controlador aéreo
  • Ferroviario
  • Buzo profesional
  • Profesiones marítimas
  • Policía o guardia civil
  • Ejército profesional
  • Las que precisan permiso de armas*
  • Bombero
  • Funcionario de prisiones

PROFESIONES NO PERMITIDAS:

  • Conductor de vehículos pesados o transporte público
  • Otras profesiones basadas en la conducción de vehículos
  • Control de máquinas
  • Uso de sustancias peligrosas
  • Trabajos de altura
  • Guardia de seguridad
  • Vigilante nocturno
  • Que requieran cambios de turnos día/noche
  • Minero o picapedrero

* En España, el diagnóstico de epilepsia excluye definitivamente de la concesión de permiso de armas en cualquiera de sus variantes (profesiones, deporte de caza) Real Decreto 2487/1998.

¿Se puede conducir vehículos a motor?

Las personas que sufren epilepsia tienen un riesgo elevado de tener un accidente de tráfico (aproximadamente siete veces más alto que una persona sin epilepsia).

Para disminuir este riesgo y favorecer el uso responsable de su permiso de conducir es importante que la persona afectada conozca la legislación respecto a la conducción y su enfermedad (Orden PRE/2356/2010, de 3 de septiembre, por la que se modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo).

En España para prorrogar u obtener el carnet de conducir (motocicletas y vehículos de menos de 3.500 kg de peso o 9 plazas incluido el conductor):

  • No se permite conducir cuando haya habido crisis epilépticas convulsivas o con pérdida de conciencia en el último año.
  • Si las crisis han sido durante el sueño o en caso de crisis sin influencia sobre la conciencia o sobre la capacidad de actuar, debe constatarse que haya transcurrido al menos un año sólo con este tipo de crisis epilépticas.
  • En caso de crisis provocada por factor identificable o crisis única no provocada, el período sin conducir será de 6 meses sin nuevos episodios.
  • A criterio neurológico, se podrá impedir la conducción desde el inicio de la retirada del tratamiento y durante el plazo de 6 meses tras el cese del mismo.

Para más información, consultar: https://www.boe.es/boe/dias/2010/09/10/pdfs/BOE-A-2010-13946.pdf

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